La verdad es ue no entiendo mucho de acciones y de "capital social", pero por lo que parece es una buena noticia. A ver si por aquí hay alguien entendido:

La junta general de Terra Mítica Parque Temático de Benidorm SA acordó el pasado 22 de octubre aumentar el capital social en unos 65 millones de euros mediante la emisión de cerca de 320.000 nuevas acciones con un valor nominal de 204 euros cada una de ellas, según recoge este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

ALICANTE, 26 (EUROPA PRESS)

La junta general de Terra Mítica Parque Temático de Benidorm SA acordó el pasado 22 de octubre aumentar el capital social en unos 65 millones de euros mediante la emisión de cerca de 320.000 nuevas acciones con un valor nominal de 204 euros cada una de ellas, según recoge este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Cada una de las nuevas acciones otorgará los derechos establecidos en el artículo 9 de los Estatutos Sociales a partir del momento de su emisión, y para ello, la junta también ha aprobado la modificación del artículo 7 de los estatutos sociales.

En previsión de que se produzca la suscripción incompleta de la ampliación, el capital se incrementará sólo en el valor nominal que totalicen las acciones suscritas a partir de esta publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Además, conforme a este acuerdo, los derechos de suscripción inherentes a cada acción serán libremente transmisibles, si bien su ejercicio requerirá la previa acreditación antela sociedad de la transmisión realizada.

De acuerdo con las condiciones establecidas por la Junta, si la ampliación de capital no hubiese sido enteramente suscrita durante el periodo de un mes previsto para ejercitar el derecho de suscripción preferente, los accionistas que sí hubiesen ejercitado tal derecho podrán suscribir más acciones.

En este punto, aclara que si las demandas de suscripción excediesen del número de acciones disponibles, éstas se distribuirán a prorrata de la participación en el capital social de los solicitantes. Esta suscripción en segunda instancia podrá realizarse en el plazo de los cinco días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente.

Así mismo, en el momento de la suscripción de las nuevas acciones los accionistas deberán desembolsar las dos terceras partes del valor de las acciones suscritas.

Los desembolsos que quedaran pendientes de realizar deberán efectuarse necesariamente en metálico y deberán ser realizados en el plazo que acuerde o decida el órgano de administración de la Sociedad, conforme a lo establecido en los artículos 81 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital.

CONDICIONES PARA AQUALANDIA

Por su parte, Aqualandia España, S.A. podrá realizar el desembolso de las acciones que suscriba mediante la compensación, total o parcial, de los créditos de los que es titular frente a la sociedad. En la parte no cubierta por dicha compensación de créditos, las acciones deberán ser desembolsadas por Aqualandia España, S.A. en efectivo, mediante ingreso en la cuenta bancaria de la sociedad.

Conforme a este acuerdo de la junta, el resto de los accionistas deberán realizar el desembolso de las acciones que suscriban en efectivo, mediante ingreso en la cuenta bancaria de la sociedad citada. Para ello, deberán ingresar el valor nominal de las acciones suscritas en la cuenta de la sociedad, y así notificarlo al presidente del consejo de administración de la sociedad.

Si, como consecuencia del prorrateo realizado al final del plazo de suscripción, cualquier accionista hubiese ingresado una cuantía superior a la que le corresponde en función del número de acciones adjudicadas, la sociedad le reintegraría el exceso en el plazo máximo de 10 días desde la finalización de dicho plazo.

Además, los interesados deberán otorgar en documento público o privado la compensación de créditos para el desembolso de las acciones correspondientes, y así notificarlo al presidente del consejo de administración de la sociedad.

En el supuesto de que dicha compensación se haya formalizado en documento privado, deberá asimismo comparecer con motivo de la formalización de la escritura pública de ejecución del aumento de capital, con objeto de protocolizar en dicha escritura la compensación.

Por último, según recoge el secretario del consejo de administración, Joaquín Valera, los titulares de acciones tendrán derecho de suscripción preferente respecto de las nuevas acciones a emitir, en la proporción de 33 nuevas acciones por cada 100 acciones antiguas.

El contravalor de las antiguas podrá ser la compensación, total o parcial, de los créditos de los que es titular la sociedad Aqualandia España, SA y el resto aportaciones dinerarias en metálico, derecho que podrán ejercitar los accionistas en el plazo de un mes.

A ver si finalmente Terra Mítica puede resurgir de sus cenizas.

Un saludo!

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